Entre los años 2002 y 2018, la población con discapacidad registrada por la Administración Penitenciaria ene España ha experimentado un incremento muy importante. De las casi 700 personas detectadas en 2002, se ha pasado a casi 5.000 en 2018. Existen diferentes hipótesis que explican estos incrementos de población con discapacidad en prisión, pero la que parece suscitar más acuerdo entre los profesionales y expertos consultados, es la del refinamiento y eficacia alcanzada en los métodos de clasificación, detección y valoración de la discapacidad.
En la actualidad, el sistema penal-penitenciario en España no ha incorporado los preceptos específicos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, lo que representa un severo desfase en relación con la atención a las personas discapacidad, tanto en lo que respecta a su conceptualización como a los modelos de intervención que se circunscriben a ella.
Existe en el medio penitenciario una presencia dominante del concepto “médico” o “rehabilitador” de la discapacidad, como una condición individual poco o nada relacionada con el contexto en el que interacciona, concepción esta muy alejada del modelo “social” de la discapacidad en el que se asienta la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, que es vigente actualmente en España. En el discurso de los profesionales penitenciarios se sigue fijando la atención en la “deficiencia” como justificación de una situación objetiva de discriminación en el medio penitenciario, que se manifiesta en una peor calidad de vida.
Aunque no existen demasiadas previsiones legales específicamente dedicadas a las personas con discapacidad en el contexto penitenciario, existe un grupo de instrumentos legales con capacidad para facilitar a esta población un tratamiento adecuado del cumplimiento de las condenas o medidas de seguridad en un contexto adecuado a sus necesidades, con un control y seguimiento acorde con el mandato constitucional de su reeducación y reinserción.
Al igual que en la población general, las personas con discapacidad involucradas en el proceso penal se han desarrollado en un contexto de riesgo social, con deprivación y escasez de redes y recursos de apoyo. En este contexto, se enfrentan a una doble situación de vulnerabilidad. Los mecanismos de detección temprana, antes de que se produzca el riesgo delictivo, presentan grandes necesidades de coordinación entre servicios sociales y sanitarios, pero pueden constituir una alternativa preventiva eficaz.
Esta entrada es un extracto del estudio “La situación de la población reclusa con discapacidad en España”, realizado para el Observatorio Estatal de la Discapacidad (OED).