Esta mañana “La Gaceta” ha publicado un artíc
ulo de opinión de José Gómez Asencio: Sobre deudas y políticas de profesorado (por alusiones), que os recomiendo. Como ya se sabe hay cosas cuyo recorrido es corto, entre ellas se encuentran las medias verdades.
Ya lo dije el otro día y me reitero: que gobiernen de una vez, miren al futuro, asuman sus propias decisiones y no las intenten justificar como lo hacen los niños de corta edad; ya lo dice Pepe en ese texto, “Basta con que construyan desde sus supuestos, que considero sólidos, bien fundamentados y bien intencionados; para hacerlo no es, sin embargo, necesario desacreditar a otros.”
Os recomiendo su lectura.
About abgr
Ana B. González Rogado. Licenciada en Ciencias Físicas, esp. electrónica por la Universidad de Salamanca, profesora del Departamento de Informática y Automática, adscrita a la Escuela Politécnica Superior de Zamora.
Miembro del IUCE (Instituto Universitario de Ciencias de la Educación) y del Grupo de Evaluación Educativa y Orientación (GE2O) dentro del Grupo de Investigación en Interacción y eLearning (GRIAL), Grupo de Investigación Reconocido de la Universidad de Salamanca y Grupo de Excelencia de la Junta de Castilla y León.
Gestión Universitiaria :
Secretaria de la Escuela Politécnica Superior de Zamora, desde febrero de 1995 hasta febrero de 2000.
Secretaria General de la Universidad de Salamanca, desde marzo de 2007 hasta diciembre de 2009
Una explicación interesante, al menos instruye sobre como funciona lo de als acreditaciones. Me gusta lo de “Así será, pero no así sea”
Lo que hace conocer el tema y saberse explicar ¡verdad!
Me parece más que curioso que quieran implantar un sistema en el que la fecha de acreditación sea la que diga quien ocupa una cátedra, me preocupa debido a la existencia de un procedimiento administrativo, es decir, los expedientes de acreditación se tramitan en el riguroso orden de llegada, pongamos un ejemplo: sujeto A: Titular de Universidad, curriculum destacable, un número desorbitado de monografías, publicaciones, conferencias, horas de docencia, todo ello compatibilizado con horas de gestión.
Sujeto B: Titular de Universidad, curriculum medio, alguna monografía, conferencias, publicaciones, algún cargo de gestión de tipo medio,etc.
si por una causa ajena(obtención de un certificado por ejemplo) el sujeto A que se pretende acreditar, presenta su solucitud 10 minutos después que el títular B, no se valoran al 100% los principios constitucionales de mérito y capacidad, sino al más rápido en llegar a un registro.
repito, curioso.