Periodistas clínicos: Migrantes y Derechos – “El Gobierno ultima un decreto para incorporar a parados e inmigrantes en el campo”

10/04/20, 15:50

https://elpais.com/economia/2020-04-06/el-gobierno-ultima-un-decreto-para-incorporar-a-parados-e-inmigrantes-en-el-campo.html

Tras más de un mes de confinamiento la lucha contra el Covid-19 sigue en marcha y parece ser que, por el momento, no hay una fecha límite al problema. Muchas de las consecuencias de esta crisis son claramente visibles, pero otras no tanto, y este es el caso de los inmigrantes comprometidos con las producciones agrícolas en toda España.

 Las medidas adoptadas por el gobierno para hacer frente al virus en este Estado de Alarma han tenido fuertes repercusiones para este colectivo de trabajadores temporales que, durante el auge de las principales campañas agrícolas, como la campaña de la fresa, se han visto obligados a permanecer en sus hogares, confinados y sin ingresos. El sector agrario acoge aproximadamente unos 300 mil asalariados temporales y cerca de la mitad de ellos son extranjeros y ¿Cómo se está actuando frente al problema?

 Pues bien, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España, hace pocos días planteó favorecer la contratación temporal de trabajadores agrícolas mediante el establecimiento de medidas extraordinarias de flexibilización del empleo durante la vigencia del estado de alarma.

Estas medidas extraordinarias, establecidas para hacer frente al preocupante descenso de la mano de obra en el campo en mitad de la pandemia, persiguen incorporar al mercado laboral del sector agrario a una serie de beneficiarios. Entre ellos a aquellas personas que, a la entrada en vigor del Real Decreto-ley, se encuentren en situación de desempleo o cese de actividad y aquellos trabajadores cuyos contratos se hayan visto temporalmente suspendidos, como consecuencia del cierre temporal de la actividad, excepto los trabajadores afectados por los ERTEs con causa del COVID-19. Se incluyen también a los inmigrantes concediendo autorizaciones de trabajo, dando prioridad a los extranjeros cuyos contratos concluyan durante el periodo comprendido entre la declaración del estado de alarma y el próximo 30 de junio; los últimos beneficiarios de dichas medidas son los jóvenes inmigrantes entre 18 y 21 años que cuentan con permisos de residencia pero no de trabajo.

En el presente artículo, referido al borrador del real decreto, jugaban un papel importante también los inmigrantes cuya regularización estaba únicamente pendiente de concluir los trámites administrativos y los solicitantes de asilo que llevaban menos de seis meses en España y por tanto aún no tenían permisos de trabajo, sin embargo en la versión definitiva del texto se excluyeron estos dos colectivos de inmigrantes. La situación no es igual en otros países cercano puesto que Alemania, por ejemplo, ya ha anunciado que, además de relajar las restricciones de viaje a 80 mil temporeros de Polonia, Rumania Bulgaria entre abril y mayo para asegurar sus cosechas, quiere atraer otros 10.000 trabajadores, incluidos desempleados, estudiantes y solicitantes de asilo.

Todas estas medidas evidencian una problemática falta de mano de obra que no afecta solamente a España, ya que son muchos los países europeos que están luchando en la misma dirección. La agricultura es un sector constantemente invisibilizado pero obviamente fundamental, ahora bien la situación actual pone también de manifiesto la necesaria presencia del colectivo inmigrante en el mercado laboral español, un hecho que no debemos olvidar una vez superada esta alarmante crisis sanitaria.

Luana Ailen Presti 

Línea Migrantes y Derechos del la Clínica Jurídica de Acción Social

Doble confinamiento

10/04/20, 15:39

Tras ser decretado el Estado de Alarma el pasado mes de marzo, el Ministerio del Interior decidió aislar por completo los 69 centros penitenciarios repartidos a nivel nacional, una medida que afecta a un total de 50.800 reclusos y 23.000 funcionarios de prisiones.

En estos 69 centros penitenciarios, al ser considerados población de alto riesgo, quedan prohibidas las comunicaciones orales ordinarias familiares e intimas, así como las salidas programadas y los permisos ordinarios como preparación para la vida en libertad. Por tanto, hablamos de un bloqueo total, y, aunque una vía de compensación ha sido aumentar las llamadas telefónicas, debemos pensar que gozar de un permiso de salida para los reclusos es un acto de suma importancia, ya que pueden dejar a un lado la realidad de la cárcel para volver a la vida en sociedad con sus familiares mas cercanos que tanto anhelan. Este bloqueo, permite el crecimiento de la incertidumbre entre los internos, provocando el riesgo de que dicha tensión, estalle en cualquier momento. Pero el motivo principal que desencadenaría un estallido dentro de prisión no solo proviene de la prohibición de las visitas, si no lo que se esconde tras ello, porque ya es conocido a que este con este veto, se impediría la entrada en prisión de cualquier tipo de sustancia no permitida como las drogas.

No debemos olvidar que entre el gran numero de personas que ingresan en prisión, un amplio porcentaje lo realiza con problemas de adicción a las drogas. Esto conlleva diversas complicaciones asociadas al consumo como por ejemplo problemas de salud, desestructuración de la personalidad, una difícil convivencia, carencias a nivel formativo y laboral… haciendo que su estancia y ahora mas que nunca, sea mucho más complicada.

Otro de los problemas que nos plantea esta crisis, es la paralización de las actividades impartidas por ONG o voluntarios. Gracias a la rama de intervención penitenciaria, hemos podido conocer de primera mano cómo estas ONG desempeñan un papel fundamental para el desarrollo, tanto dentro como fuera de prisión, de la población reclusa. Por ello, al no considerarse como una labor imprescindible, algo en lo que discrepo, no tendrán acceso hasta nueva orden. No debemos olvidar como la labor de estos profesionales sirve, de forma complementaria, para incrementar desarrollo personal y ético, así como el fomento de hábitos saludables y la estimulación con miras a un futuro laboral. Si esto ahora se les deniega, estaría teniendo lugar un grave retraso en los conocimientos asentados y generando que, la finalidad que persigue el articulo 25.2. de nuestra Constitución Española, no obtenga sus frutos.

En definitiva, en estos momentos y bajo mi perspectiva, la población reclusa está viviendo una doble privación de libertad y de sus derechos fundamentales, donde no solo viven en prisión hasta el cumplimiento de su pena, si no que además se han visto obligados a ver cómo las actividades que realizan a diario y que cuyo fin es la reeducación y la reinserción social, no están siendo permitidas.

Beatriz Barrientos Montes 

Línea de Intervención Penitencia y Derechos Humanos de la Clínica Jurídica de Acción Social