Recomendaciones para la implementación del artículo 37 Difusión en Acceso Abierto de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación

Recomendaciones para la implementación del artículo 37 Difusión en Acceso Abierto de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación

 recomendaciones_art_37INTRODUCCIÓN

La Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, publicada en junio de 2011, recoge en su artículo 37 los principales aspectos a tener en cuenta a la hora de llevar a cabo la difusión en abierto de los resultados de la investigación financiada con fondos públicos y aceptados para su publicación en publicaciones de investigación seriadas o periódicas. Sin embargo, las dudas que han surgido en los diferentes ámbitos de aplicación han motivado la realización de un ejercicio de reflexión que permita ordenar cuáles son los pasos que los diferentes agentes involucrados deberían abordar para un correcto cumplimiento de la normativa legal y facilitar así la adecuada aplicación del artículo sobre “Difusión en acceso abierto”.

El objetivo de este documento es contar con una guía práctica que defina los aspectos principales de la política nacional de acceso abierto y despeje el camino a todos los actores afectados, al especificar cuáles son los nuevos roles que habrán de adoptarse y elaborar una serie de recomendaciones destinadas a todos los colectivos implicados en la producción y gestión del mercado de la información científica.

Para elaborar este documento, FECYT, en colaboración con REBIUN, ha puesto en marcha un grupo de trabajo de expertos nacionales y representantes de instituciones que cuentan con una estrategia propia de acceso abierto. Actualmente hay en España un total de 26 instituciones de investigación que han desarrollado su propia política institucional en favor del acceso abierto, ya sea en forma de declaración institucional, recomendación o de requisito de obligado cumplimiento. FECYT y REBIUN, a través de RECOLECTA, trabajan estrechamente con estas instituciones y conocen sus experiencias con diverso grado de profundidad. El objetivo de este grupo de trabajo ha sido el de aprovechar la experiencia de algunas de estas instituciones, pioneras no sólo en el contexto nacional sino también en el internacional, para establecer los pasos a dar, señalar los retos y dificultades ante los que se habrá de enfrentar la aplicación efectiva del requisito consignado en el artículo 37 de la Ley de la Ciencia y servir de guía al resto de instituciones para su correcta implantación.

El documento recoge, en primer lugar, un apartado en el que se explican detalladamente los conceptos básicos que se deben manejar para comprender las políticas de acceso abierto. Se abordan cuestiones esenciales como qué es el acceso abierto, cuáles son sus beneficios y cuál es el contexto europeo en el que nos encontramos inmersos. Posteriormente se especifica cuál es el marco legal de las políticas de acceso abierto en España y, a continuación, el documento ahonda en cómo afecta el acceso abierto a los distintos agentes involucrados: los gestores de ayudas públicas a la I+D+i, las universidades y centros de investigación, los investigadores y las entidades suscriptoras de revistas científicas. Finalmente se establecen recomendaciones para poder realizar un correcto seguimiento y evaluación del cumplimiento del mandato y, en el último apartado, se hacen una serie de recomendaciones complementarias.

En definitiva, este documento pretende ser una guía útil para ayudar a cada uno de estos colectivos a entender y sistematizar los nuevos procesos que tienen que poner en marcha para dar cumplimiento a la legislación vigente, en particular el requisito del artículo 37 de la Ley de la Ciencia y Tecnología, Difusión en Acceso Abierto.

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