TRIBUNALES DE OPOSICIONES DE PAS LABORAL.

Nos congratula que el Comité de empresa haya reconsiderado su acuerdo de proponer miembros del citado comité para formar parte de los tribunales de oposición, ante las reiteradas peticiones en este sentido de nuestra agrupación CIBIA-Usal.

Nuestra agrupación simplemente ha demandado que se cumpla la interpretación del Estatuto Básico del Empleado Público que hace en su informe la Dirección General de la Función Pública.

Es una lástima que en otras Universidades de nuestro entorno no haya una agrupación de trabajadores como la nuestra, que reclame el cumplimiento de la ley.

Os transcribimos literalmente un párrafo de este informe que es suficientemente explícito: “Deben, pues, considerarse derogadas implícitamente por el EBEP todas las normas convencionales (convenios colectivos) que prevén la designación de miembros de los órganos de selección a propuesta de los sindicatos, órganos unitarios de representación del personal y asociaciones profesionales. En otro caso, el incumplimiento de lo establecido en el artículo 60.3 vicia de nulidad la composición del órgano de selección y el proceso selectivo”

Además le recordamos al sindicato STECyL que estamos negociando un concurso-oposición LIBRE y no como dicen, un proceso para la consolidación de empleo. Nuestra agrupación CIBIA-Usal sólo desea que estas convocatorias se desarrollen bajo los principios de igualdad, transparencia, mérito y capacidad.

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