El primer año en el PD el doctorando elaborará un Plan de Investigación (PI), su proyecto de Tesis Doctoral, que incluirá la siguiente información: introducción y justificación del tema objeto de estudio; hipótesis de trabajo y principales objetivos a alcanzar; metodología a utiliza; medios y recursos materiales disponibles; planificación temporal ajustada a tres años, y principales referencias bibliográficas.
Este PI, avalado por el Director de Tesis y, si fuera diferente del mismo, por el tutor del doctorando, será aprobado por la Comisión Académica del Programa de Doctorado (a través de las agregaciones de sus firmas en dicho documento, en el caso de la CA la firma la realizará el Coordinador) y se incorporará al Documento de Actividades del Doctorando. Esta incorporación se realizará en el plazo máximo de 10 días hábiles tras su presentación por el doctorando.
En la segunda y tercera anualidad el contenido del Plan de Investigación del doctorando variará, ya que en el mismo reflejará los siguientes aspectos:
- Revisión de objetivos cubiertos y competencias adquiridas sobre la planificación presentada inicialmente (en la 1ª anualidad) para el periodo de investigación correspondiente al año vencido de investigación. Se analizarán los objetivos y tareas planteados para el año de investigación de acuerdo con el Proyecto de Tesis.
Entre las tareas programadas para esta fase de la investigación se contemplan la formación transversal y específica, es decir, las actividades realizadas y reflejadas en el Documento de Actividades.
- Resumen de los resultados más relevantes y cumplimiento de los objetivos planteados y, en su caso, dificultades encontradas que han impedido su ejecución
- Reajustes o cambios en los objetivos y tareas planteados para los años sucesivos de investigación.
- Satisfacción con la labor de tutela del director de Tesis. Frecuencia de reuniones con él para revisar su progreso. En caso negativo, explicar las razones.
- Previsión motivada de la necesidad de pedir una prórroga al término del tercer año de investigación.
La Comisión Académica del PD será la encargada de evaluar anualmente el Documento de Actividades del Doctorando (DAD), el Plan de Investigación (PI) y el estado de desarrollo de su Tesis Doctoral. Esta función de evaluación se verá facilitada por los informes anuales de valoración/seguimiento que realizarán el tutor y el Director de Tesis (informes que se unificarán en uno solo, en caso de coincidir tutor y Director) ya que en los mismos se tratarán aspectos relativos a la calidad de la formación del doctorando, la adecuación de las actividades realizadas a su trabajo de investigación y los progresos en la realización de la Tesis. Más concretamente, tutor y Director informarán sobre los siguientes elementos y concluirán con una valoración del desempeño del doctorando en términos de favorable o desfavorable:
- Grado de cumplimiento de las actividades programadas y, en su caso, los cambios introducidos en la planificación.
- Grado de aprovechamiento/rendimiento de las actividades realizadas para el trabajo de investigación del doctorando.
- Tipo y frecuencia de seguimiento del progreso del doctorando
- Progresos realizados para la consecución de la elaboración de la Tesis Doctoral y la adquisición de competencias. Se indicará si se ha encontrado alguna dificultad.
- Valoración general del rendimiento, respecto al cumplimiento de tareas, resultados obtenidos (publicaciones, congresos, etc.) y competencias adquiridas.
- A partir del 2º año de investigación se analiza la estimación del tiempo necesario para la terminación de la Tesis y, en su caso, si se prevé la necesidad de pedir una prórroga al terminar el 3º año de investigación. En el caso de que el Director considere inviable la finalización con éxito de la investigación, indicará las causas.
Estos informes también se incorporarán, junto con el Informe de Evaluación anual de la Comisión Académica, al Documento de Actividades del Doctorando.
La evaluación positiva por parte de la Comisión Académica será requisito indispensable para continuar en el PD. En caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa el doctorando causará baja definitiva en el PD.