Nos preguntamos sobre la relación de: Publicidad, Regulación y Redes Sociales. En principio podríamos considerar estos tres conceptos como categorías distintas, pero en la actualidad existe una relación entre ellas.
Empiezo por las redes sociales, estas aplicaciones se han convertido en una forma de comunicación para muchas personas del mundo pero también para las empresas. Por lo tanto existe una estrecha relación entre las redes y la publicidad de las empresas y sus marcas.
Pero, ¿qué relación tiene esto con el derecho? Está publicidad de la que hablamos en muchas ocasiones no es mostrada como tal, por lo que los usuarios de las redes no son conscientes de la publicidad de muchos comentarios. Por lo tanto estamos hablando que el uso de las redes sociales favorece en muchos casos la publicidad encubierta, saltándose por lo tanto la regulación existente sobre la publicidad. Hay que señalar que mucha de esta publicidad a veces no viene directamente desde la empresa, sino que las empresas contratan a famosos para que ellos comenten o enseñen productos de la marca.
Se plantea ahora el problema de solucionar esto, para que los usuarios tengan claro cuando se trata de publicidad, incluso de facilitarles reclamaciones por estos hechos. Aunque existe una regulación, que también deben seguir el mundo online (Ley General de Publicidad y Ley de Competencia Desleal–, así como lo estipulado sobre comunicaciones comerciales en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI)), se cree que se está incumpliendo por la falta de resoluciones en España. Por lo tanto, desde la rama de derecho consideran que se debería de contar con estándares y sanciones para estos incumplimientos. Podrían considerarse muchos casos de famosos.
Entonces hay que tener claro que puede existir comunicación en las redes sociales (publicidad), pero esta publicidad debería estar señalada de alguna forma (con símbolos o utilizando hashtag #publi) y así poder evitar problemas legales.







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