Prisión preventiva y COVID 19. Protección de la investigación vs. Derechos Humanos

13/04/20, 11:53

Presos

Fuente: Heraldo de Aragón

 

Ante la crisis del COVID 19 que estalló hace ya un mes es nuestro país, el medio penitenciario ha sido de nuevo otro de los medios más intensamente golpeados por el virus (véase Doble confinamiento y Salud en Prisiones).

Las personas privadas de su libertad se consideran una población de alto riesgo de contagio dada la proximidad en la que conviven, ya sea con otros internos o por el contacto que tienen en el día a día con funcionarios y profesionales de organizaciones externas al centro penitenciario.

Desde la Organización Mundial de la Salud (OMS) el pasado 23 de marzo, se elaboró una guía para la prevención de brotes de COVID-19 en prisiones, donde se señala que se le debe dar una consideración especial a aplicar medidas no privativas de libertad, sobre todo para internos preventivos e internos con perfiles de bajo riesgo y con responsabilidades familiares.

En la misma línea, la Alta Comisionada Michelle Bachelet, presidenta de la oficina de Derechos Humanos de la ONU, aconsejó en un comunicado la reducción de la población penitenciaria si fuese necesario, con el fin de prevenir los contagios, medida que han llevado a cabo países como Canadá, Estados Unidos, entre otros.

 Asimismo, el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes (CPT) señala que las autoridades deberían hacer mayor uso de las alternativas a la detención preventiva, la sustitución de la pena, y la libertad anticipada y la libertad provisional; reevaluar la necesidad de continuar con el internamiento no voluntario de los pacientes psiquiátricos; dar de alta a los residentes de los centros de asistencia social, o velar por que reciban atención comunitaria, según proceda; y abstenerse, en la medida de lo posible, de detener a los migrantes.

 No obstante, el 8 de abril, diferentes organizaciones denunciaron en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarios (SGIP) que no se está actuando en prisión según los criterios de estas dos instituciones, y que la gran mayoría de medidas que se han llevado a cabo son restrictivas como la interrupción de comunicaciones con el exterior o aislamiento en la celda (Orden INT/227/2020, de 15 de marzo, en relación con las medidas que se adoptan en el ámbito de Instituciones Penitenciarias al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo)

 Todo esto, ha provocado que las solicitudes de modificación de la medida cautelar de prisión provisional por parte de letrados se multipliquen desde el inicio de la pandemia.

 Es importante recordar que la prisión provisional es una medida cautelar, regulada en el artículo 502 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) donde en resumidas cuentas se establece que:

  • Solo puede ser adoptada por un juez.
  • Podrá ser adoptada cuando sea objetivamente necesaria y no existan medidas menos gravosas con las que se puedan alcanzar los mismos fines de esta. 
  • Se adoptará cuando se cumplan los siguientes requisitos:  1. Presunto delito o delitos cuya pena sea igual o superior a dos años de prisión  2. Existencia de motivos suficientes de que es el autor de los hechos  3. La persecución de alguno de los siguientes fines: evitar el riesgo de fuga, evitar la ocultación, alteración o destrucción de pruebas, evitar lesión de bienes jurídicos de la víctima o evitar reiteración delictiva.
  • Durará el tiempo imprescindible para alcanzar dichos fines, pero como máximo de 2 años, pudiendo ser prorrogada otros 2.

 No obstante, es importante señalar que la prisión provisional es una medida que, como todas las decisiones judiciales, debe estar lo suficiente motivada y basada en criterios objetivos. Concretamente la STC 41/1982 de 2 de julio establece en el FJ 2: al consistir la prisión provisional en una privación de libertad, debe regirse por el principio de excepcionalidad, sin menoscabo de su configuración como medida cautelar y adoptada mediante resolución judicial motivada.  

 Es aquí cuando de nuevo se entra a valorar qué tiene más peso, ¿los Derechos Humanos o la salvaguarda de la investigación? Diversas organizaciones defensoras de derechos humanos, en concreto 58, se han pronunciado ya respecto a esta materia. Es el caso de las asociaciones Irídia o la Asociación Pro Derechos humamos de Andalucía entre otras muchas.

 Pero ¿cuáles son los derechos que podrían ser vulnerados?

  • El Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) recoge en el artículo 3 la prohibición de torturas, y que en diversas sentencias del TEDH se establece que un servicio médico inadecuado puede llegar a vulnerar este derecho (véase Caso Kudla vs. Polonia) e incluso, el artículo 2 del mismo convenio, es decir, el derecho a la vida si hay relación directa de ese servicio medico inadecuado y la muerte del interno (Caso Tarariyeva vs. Rusia). Además, el alto tribunal afirma que la administración penal debe adoptar las medidas humanitarias necesarias para evitar un sufrimiento indebido del interno.
  • Si pasamos a considerar ahora la Constitución Española, el artículo 24.2 de la misma recoge el derecho a la presunción de inocencia, ya que recordemos que la prisión provisional no podrá nunca constituir un cumplimiento anticipado de la pena.
  • En lo que respecta al Reglamento Penitenciario, encontramos en el artículo 4 que los internos tienen derecho a que la administración penitenciaria vele por sus vidas, su integridad y su salud, sin que puedan, en ningún caso, ser sometidos a torturas […]. Esto va en consonancia con lo que establece la STC 48/1996 de 25 de marzo donde se establece que a la administración le es exigible una función activa para la cura de la vida, la integridad corporal y, en suma, la salud de los hombres y mujeres separados de la sociedad por medio de la privación de su libertad.

 Asimismo, el CGPJ junto con el Ministerio de Justicia y la Fiscalía, han declarado que las actuaciones judiciales programadas han sido suspendidas y que por tanto sus plazos serán prorrogados. Consecuentemente, las medidas de prisión provisional se verán extendidas dado que la causa será paralizada. Es por ello por lo que las diferentes organizaciones están solicitando que la prisión preventiva sea mutada por otra de carácter menos gravoso, dado que se entiende el criterio de excepcionalidad no concurre, así como el principio de proporcionalidad y subsidiariedad, ya que sí existen medidas gravosas, como podría serlo la localización permanente en domicilio, la cual podría evitar tanto el cumplimiento anticipado de la pena, y evitar un riesgo en la salud del interno, así como la posibilidad de que sea aislado o confinado dentro de prisión, es decir, evitaría el doble confinamiento.

 Está claro, que no en todos los casos se puede solicitar la sustitución de esta medida por otra, dado que no todos los internos tienen el mismo perfil ni circunstancias, sino que esta iniciativa está pensada para aquellos internos con un perfil de riesgo bajo y sobre todo con responsabilidades familiares, donde por un lado no se cumpla ni riesgo de fuga, posibilidad de reiteración delictiva, eliminación de pruebas o revictimización, sobre todo debido al estado de alarma en el que nos encontramos; y por otro debiese ser recordado que el artículo 502.3 establece que para adoptar esta medida se debe tener en cuenta la repercusión que esta medida pueda tener en el investigado o encausado, considerando sus circunstancias y las del hecho objeto de las actuaciones, así como la entidad de la pena que pudiera ser impuesta. 

 Por último, es importante señalar que, aunque lo primordial es preservar la salud del interno, es una medida que también es positiva para las propias instituciones dado que la liberación de algunos presos preventivos supondría una rebaja en la carga de trabajo que actualmente tienen, ya que no olvidemos que los presos preventivos en España suponen un 16% del total.

 Aunque siguen siendo muchas las solicitudes esperando una resolución, ya vemos algún ejemplo de sustitución de medida: Un juez decreta en solo cinco horas la excarcelación de un zaragozano interno en una cárcel de Murcia al saber que tenía problemas respiratorios (https://www.heraldo.es/noticias/aragon/zaragoza/2020/04/01/coronavirusaragon-riesgo-contagio-multiplica-peticiones-libertad-provisional-presos-zuera1367246.html)

Tatiana Quiñónez Toral  

Línea de Intervención Penitenciaria y Derechos Humanos de la Clínica de Acción Jurídica de Acción Social.  

 

Bibliografía:

  • Preparedness, prevention and control of COVID-19 in prisons and other places of detention. Disponible en:  http://www.euro.who.int/en/health-topics/healthemergencies/coronavirus-covid-19/novel-coronavirus-2019-ncov-technicalguidance/coronavirus-disease-covid-19-outbreak-technical-guidanceeurope/preparedness,-prevention-and-control-of-covid-19-in-prisons-and-otherplaces-of-detention-2020
  • COVID-19: Council of Europe anti-torture Committee issues “Statement of principles relating to the treatment of persons deprived of their liberty. Disponible en: https://rm.coe.int/16809e0a89
  • Declaración Michelle Bachelet  (Oficina de Derechos Humanos de Naciones Unidas). Disponible en: https://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/Media.aspx?IsMediaPageSP=true &LangID=S
  • Presos preventivos – Covid 19 (Asociación Irídia) https://iridia.cat/es/2059/
  • Síndic de Greuges, “Comunicado del Síndic en relación con la prevención del coronavirus en los centros penitenciarios de Cataluña”, 3 de abril de 2020. Disponible en: http://www.sindic.cat/es/page.asp?id=53&ui=6989
  • APDHA, “Más de 60 organizaciones solicitan medidas urgentes al Ministerio del Interior e Instituciones Penitenciarias”, 20 de marzo de 2020. Disponible en: https://www.apdha.org/mas-de-20-organizaciones-solicitan-medidas-urgentesministerio-interior-e-instituciones-penitenciarias/
  • Piden libertad presos preventivos ante riesgo aislamiento por coronavirus. Disponible en: https://www.lavanguardia.com/vida/20200312/474103031267/piden-libertadpresos-preventivos-ante-riesgo-aislamiento-por-coronavirus.html  
  • OMS y Consejo de Europa piden alternativas a la prisión ante el efecto del Covid19 en las cárceles. Disponible en: https://www.consalud.es/pacientes/especialcoronavirus/oms-consejo-europa-piden-alternativas-prision-efectosdel-covid-19carceles_76335_102.html  
  • El riesgo de contagio multiplica las peticiones de libertad provisional en Zuera. Disponible en: https://www.heraldo.es/noticias/aragon/zaragoza/2020/04/01/coronavirusaragon-riesgo-contagio-multiplica-peticiones-libertad-provisional-presos-zuera1367246.html  

 

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