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Libertad de circulación de personas y matrimonios del mismo sexo en la UE

Ayer conocimos las Conclusiones del Abogado General, Sr. Wathelet en el Asunto C‑673/16. Se trata de un caso relevante porque es la primera vez que el TJUE debe pronunciarse sobre la relación entre el matrimonio entre personas del mismo sexo y la libre circulación de personas en el espacio judicial europeo. En el caso, un matrimonio de dos varones, uno rumano (aunque también tenía la nacionalidad norteamericana) y otro norteamericano se casan en Bélgica. Al solicitar en Rumanía permiso de residencia y trabajo para el cónyuge norteamericano conforme al el artículo 2, punto 2, letra a), el artículo 3, apartados 1 y 2, letras a) y b), y el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, Rumanía se lo deniega por entender que no son cónyuges desde su perspectiva jurídica, dado que Rumanía es uno de los pocos Estados de la UE (junto con Polonia, Eslovaquia, Bulgaria y Eslovenia) que no contemplan ningún tipo de regulación de estas uniones.
Para el abogado general del TJUE, Sr. Wathelet la libertad de circulación de personas en la UE debe prevalecer sobre las normas internas de cada Estado miembro. No hay referencia al principio de reconocimiento mutuo, pese a que pudiera haberla dado que el matrimonio se celebró en Bégica, sin embargo, para el abogado general no importa tanto la legislación conforme a la que se celebró que podría ser también la de un Estado no miembro de la Unión, sino el concepto autónomo de cónyuge que debe utilizarse para aplicar la Directiva.
La sentencia se conocerá en primavera. Veremos lo que hace el TJUE, si confirma, matiza o se muestra en contra de las conclusiones del abogado general, pero será seguro una sentencia muy comentada por ser la primera en la Unión Europa sobre esta cuestión.

Noticia en medios de comunicación:
La lucha de Adrian y Clai para que toda la Unión Europea reconozca el matrimonio gay

Abogado general de la UE: los Estados no pueden impedir la residencia a cónyuges homosexuales aunque no reconozcan su matrimonio

Duran Ayago Antonia

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