Sistema de blogs Diarium
Universidad de Salamanca
ExperimenTRADO
Portal de prácticas experimentales de Traducción y Documentación
 
Facultad6

Acceso abierto en el proyecto de ley de una república digital. ¿En marcha hacia resultados positivos?

Traducción: JAVIER SILVESTRE PAVÓN (2016)

(Thelonious Moon (2015): “Open Access dans le projet de loi pour une République numérique : vers une issue heureuse ?“. Numeribib)

Tras un largo silencio, provocado en parte por el sentimiento de exasperación y hastío derivado de leer por todas partes las idas y venidas de miedos irracionales y profecías apocalípticas por parte de los portavoces de las editoriales o de eminentes representantes de las ciencias sociales, vuelvo a coger el teclado e intento hacer balance de las esperanzas que dan lugar al nacimiento del proyecto de ley Lemaire en materia de acceso abierto. Las últimas conversaciones que tuvieron lugar en la Comisión Jurídica del Senado francés son alentadoras. Antes de hacer alusión a éstas, echemos la vista atrás sobre las últimas peripecias que han estado ligadas a la gestación del texto legal.

Vuelta al pasado reciente…
El texto fue sometido a votación en la Asamblea Nacional a mediados de enero de este mismo año.
En cuanto al derecho de explotación secundario de los investigadores, la versión final del artículo 17  mantenida por los parlamentarios establecía lo siguiente:

 

«I.— Cuando un artículo científico proveniente de una actividad de investigación financiada, al menos la mitad, por donaciones del Estado, administraciones territoriales o instituciones públicas, por subvenciones de organismos de financiación nacionales o por fondos de la Unión Europea es divulgado en un periódico que se publique por lo menos una vez al año, su autor dispone, incluso tras haber acordado los derechos exclusivos a un editor, del derecho a poner a disposición del público de manera gratuita en un formato abierto, a través de plataformas digitales, sin perjuicio del acuerdo de posibles coautores, todas las versiones sucesivas del documento hasta la versión final aceptada para su publicación, a partir del momento en que el mismo editor la ponga gratuitamente a disposición del público en versión digital y, en su defecto, hasta que expire el plazo límite a partir de la fecha de su primera publicación. Este plazo será de seis meses para una publicación en el ámbito de las ciencias, la técnica y la medicina y de doce meses en el de las ciencias humanas y sociales. Dicho plazo puede ser inferior en algunas disciplinas por decreto del ministro encargado de la investigación.

»La versión disponible, en cumplimiento del primer párrafo, no puede ser objeto de explotación en el marco de una actividad de edición de carácter comercial»[1].
Algunas personas descontentas con la idea han replicado que el texto no menciona de manera explícita los repositorios abiertos y tampoco que los plazos para la liberación de los artículos no estaban limitados a seis o doce meses como máximo, lo cual es más grave aún. Siguiendo el modelo de la ley alemana de octubre de 2013, el artículo 17 ha sido concebido como un estímulo para incitar a los investigadores a difundir ampliamente sus publicaciones pero sin imponérselo. De este modo, los investigadores son los únicos que deciden si sus artículos forman parte de los repositorios abiertos o no. Es cierto que el texto francés define un marco muy poco restrictivo, al igual que la ley alemana. Pero digamos que se trata de un buen comienzo que abre el camino a otros futuros textos más ambiciosos. Asimismo, si se piensa detenidamente, este paso jurídico no resulta ser un paso de hormiga, pues la disposición del artículo 17 tiene el efecto de invalidar cualquier disposición contractual: «Las disposiciones del presente artículo son de orden público y cualquier disposición en contrario a las primeras será nula» (§ IV del mismo artículo). Por último, siempre ha sido posible tener un plazo de embargo más breve para algunas disciplinas, en virtud de una resolución del ministro encargado de la investigación (esta disposición acaba de salir al concluir los debates en el seno de la Comisión Jurídica del Senado francés,  debido al riesgo de inseguridad urídica que provocaría).

Por lo que se refiere a la excepción que constituye la minería de textos y de datos, podemos decir que el Gobierno, inicialmente, hará todo lo posible para que no vea la luz. Su rechazo a la excepción estaba fundado en un riesgo de incompatibilidad con el derecho europeo: la inclusión de una nueva excepción a la lista cerrada de excepciones de la directiva Infosoc de 2001 habría planteado problemas en el contexto europeo de revisión de los derechos de autor. Dicho argumento era bastante sonrojante. Los ingleses no han esperado los últimos sobresaltos de la reforma europea de los derechos de autor para someter a votación a partir de 2014 una excepción de minería de textos y datos de cara a la investigación. Para lograr sus objetivos, es decir, ofrecer a la minería un funeral de primera clase, el Gobierno inmediatamente ha sacado a la luz algunos cortafuegos. Es entonces cuando algunas mentes iluminadas han tenido la idea de encargar un informe a un comité que no resuelve nada con tintes de: «es demasiado pronto para votar; se trata de un tema demasiado complejo y nuevo, esperemos los resultados del informe». Y también de mandar desde el 21 de enero para encargarse de la misión a Charles Huot, que no es otro que el presidente del grupo francés de la industria de la información (GFII), asociación que agrupa el conjunto de agentes de la cadena de información especializada, el principal de entre los editores científicos. Y es que la minería de textos y datos consiste especialmente en la explotación automática de corpus de artículos procedentes de las plataformas de revistas científicas. En este contexto, ¿puede ser que el presidente del GFII sea la persona más cualificada para producir un informe imparcial sobre las posibilidades de poner en práctica un marco legal que defina las condiciones para llevar a cabo una excepción de minería de textos y datos? De acuerdo con el intercambio de ideas que tuvo lugar en una reunión interministerial dicho informe optaría por una solución de tipo contractual, tan despreciada desde hace años debido a su inadaptación a los modelos de ejercicio de extracción de datos. Ni que Charles Huot no hubiese ecuchado nada más que a investigadores hostiles a la minería de textos y datos. Eso es lo que se llama ser juez y parte a la vez.

Volvamos de nuevo al pasado reciente: llega el 22 de enero, día de la votación del tema de las minerías de textos y datos. Primer giro imprevisto: contra la voluntad del encargado del informe Luc Belot, del Gobierno y sus maniobras retardatorias, la excepción de las minerías de textos y datos es adoptada. Algunos diputados cercanos a la mayoría se rebelan: no habían tenido tiempo para apretar el botón. Eran cerca de las ocho de la tarde y el Gobierno francés tenía la posibilidad, haciendo uso de las normas de procedimiento, de solicitar una segunda deliberación tras el examen del conjunto de artículos y antes del cierre de la sesión. Excepcionalmente, por razones que se deben a un olvido, a un gran cansancio al final del día o a un cálculo sobre las posibilidades de los riesgos de ser derrotado de nuevo en vista de las sensibilidades políticas con las que se vincula los últimos elegidos presentes en el hemiciclo a las dos de la madrugada, el Gobierno no ha realizado la solicitud de una segunda deliberación. Y así es como el artículo 18 bis se ha mantenido.

En última instancia, una vez enmendado, el texto legal en su conjunto permitirá a la Secretaria de Estado Axelle Lemaire batir un récord histórico, con 356 votos a favor de un total de 357 votos válidos, con solo uno en contra.

Y ahora, volvamos al presente…
Desde el comienzo de la primavera, es el momento de que todo se normalice.  El 6 de abril el artículo 17 fue validado tras unos arreglos superficiales en la Comisión Jurídica del Senado. Los apartados II y III de dicho artículo, que tratan sobre el carácter libre de los datos de la investigación («Desde el momento en el que los datos procedentes de una actividad de investigación, financiada al menos la mitad por donaciones del Estado (…) no están protegidos por un derecho específico o un reglamento particular y en el momento en el que se publican por su investigador (…) su reutilización es libre») han permanecido totalmente intactos.

En cuanto a la excepción de las minerías de textos y datos, el Gobierno, por supuesto, ha presentado una enmienda para retirar el artículo 18 bis. Sin embargo, no solo no se ha supervisado al Gobierno, sino que tampoco éste ha defendido la enmienda nada más que con muy poca fuerza. Tras las deliberaciones mantenidas, dicha enmienda ha sido calificada como «satisfecha o no aplicable». Eso hace pensar que el Gobierno ya no desea seguir la misma línea de conducta que antes, la cual se resumía a esperar a que la Unión Europea se pronuncie en el marco de su programa de reforma sobre los derechos de autor.
Como informa Pierre-Carl Langlais, Thierry Mandon (Secretario de Estado encargado de la enseñanza superior y de la investigación) ha mantenido dos propósitos sin ambigüedad alguna en el mismo momento en el que las discusiones tenían lugar en la Comisión Jurídica: «La reforma europea llevaría, por lo menos, tres o cuatro años.  Si esperamos a que llegue, y no establecemos ningún tipo de excepción, estará muerta».

 

Curiosamente, esta veleidad de pasar a un nivel superior surge en el momento en el que la Unión Europea parece cambiar ella misma el tono sobre todo este asunto. En enero, mientras que la Asamblea Nacional discutía sobre la ley, el Parlamento Europeo comunicaba que se estaba preguntando seriamente por los fundamentes del derecho de las bases de datos, que constituyen una de las bases ideológicas y jurídicas a partir de las cuales se construye la fortaleza que los editores no pueden penetrar: sin derechos sobre las bases de datos, la fortaleza se hunde como un castillo de naipes, ya que está perdiendo su fundamento la reivindicación que hacen los creadores de bases de datos sobre los derechos de controlar y limitar el producto resultante de la extracción de datos.
La Comisión Europea, personificada a través de Carlos Moedas, el Comisario europeo de Investigación, Innovación y Ciencia, multiplica desde hace varios días las declaraciones de apoyo a los políticos que promocionan la Open Science (Ciencia Abierta). Después de un primer discurso ambicioso, aunque algo confuso, Carlos Moedas ha decidido mostrar de manera clara su apoyo al proyecto de ley Lemaire, a través un breve vídeo difundido por las redes sociales el 6 de abril, es decir, en el momento exacto en el que este debate se tenía en la Comisión Jurídica del Senado:

«Es necesario aclarar las normas de los derechos de autor. Europa tiene que precisar el marco legislativo del acceso y la utilización de datos que tienen una finalidad de investigación, especialmente reconociendo que la utilización de la técnica de la minería de textos y datos es beneficiaria de un regimen derogatorio del derecho de autor».
Así, en su intervención, Carlos Moedas aprueba el establecimiento de un dispositivo que se parezca a la minería de textos y datos. Eso es lo que cortará las alas a los partidarios del statu quo, que siempre hace alusión al riesgo de incompatibilidad de esta excepción francesa con respecto al marco jurídico europeo.

 

¿Y en un futuro próximo?

 

Si el Gobierno francés parece modificar su rumbo en materia de acceso abierto es en parte porque la movilización de los investigadores ha influido en la modificación de su plan de trabajo. No es momento para flaquear. Esto es por lo que hay que incitar al mayor número posible de nuestros conciudadanos franceses, ya sean investigadores o no, a firmar esta petición:
Pour une science ouverte à tous“.

 


[1] N. del T.: se trata de una traducción del artículo francés realizada por el traductor ya que no cuenta con traducción oficial al español.

Política de privacidad
Studii Salmantini. Campus de excelencia internacional