Derecho de Autor
Preguntas frecuentes sobre el derecho de autor
 
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5.- ¿Cuánto dura el Derecho de Autor?

  • Los derechos de explotación de una obra duran toda la vida del autor y setenta años después de su muerte o declaración de fallecimiento.
  • Los derechos de explotación de una obra anónima o seudónima durarán setenta años desde su divulgación, salvo que antes de este tiempo fuera conocido el autor (bien porque éste lo revele, bien porque el seudónimo que ha adoptado no deje dudas sobre su identidad), que en este último caso será de aplicación la regla general.
  • Los derechos de explotación de las obras que no hayan sido divulgadas lícitamente durarán setenta años desde la creación de éstas, cuando el plazo de protección no sea computado a partir de la muerte o declaración de fallecimiento del autor.
  • Los derechos de explotación de las obras en colaboración durarán toda la vida de los coautores y setenta años desde la muerte o declaración de fallecimiento del último coautor superviviente.
  • Los derechos de explotación de la obra colectiva durarán setenta años desde la divulgación lícita de la obra. No obstante, si las personas naturales que hayan creado la obra son identificadas como autores en las versiones de la misma que se hagan accesibles al público, se estará a la regla general (la vida del autor y setenta años después de su muerte o declaración de fallecimiento) o a la regla de la obra en colaboración, según proceda.
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