ACTO DE PRESENTACIÓN DE LA QUERELLA EN DEFENSA DEL PUEBLO SAHARAUI POR EL EXPOLIO DE RECURSOS NATURALES

12/05/19, 22:19

La actividad llevada a cabo por la línea del Sáhara Occidental de la Clínica Jurídico-penal del Máster de Derecho penal realizará un acto para exponer el trabajo que consistió en la realización de una querella en defensa del pueblo saharaui. El acto tendrá lugar el próximo martes, 21 de mayo a las 18 h en el Salón de Grados de la Facultad de Derecho de la Univesidad de Salamanca.

Desde hace varios años, el grupo de seguimiento de los recursos naturales del Sáhara Occidental en Canarias ha constatado el expolio de arena producido en el Puerto de El Aiún (en el Sáhara Occidental), la cual ha sido extraída de forma constante, siendo su destino diferentes puertos canarios. Las excavaciones producidas en dicho entorno natural han producido un grave y progresivo deterioro ambiental, así como otras consecuencias negativas en el pueblo saharaui debido a que no están recibiendo los réditos económicos de dichas operaciones.

La problemática existente en la actualidad con el Sáhara Occidental es que las empresas que están realizando estos expolios creen que sus operaciones son legales, a pesar de que  las autorizaciones otorgadas por Marruecos no son válidas puesto que la cesión administrativa llevada a cabo por España a Marruecos a través de los Acuerdos Tripartitos de Madrid no fue considerada válida por Naciones Unidas. Además, la propia Asamblea General de NNUU reiteró, en 2018, que la presencia de Marruecos en el territorio del Sahara Occidental no es más que una ocupación militar, y que, por tanto, no puede ejercer la soberanía sobre este último. España, en tanto no se ejercite el derecho a la libre autodeterminación del pueblo saharaui, continúa siendo, de facto, administradora del Sahara Occidental, y a ella le compete la concesión de autorizaciones.

En la querella, se denuncian los hechos anteriormente mencionados por el artículo 325 del Código Penal de 1995, donde el bien jurídico protegido es el medio ambiente y el sujeto pasivo es el pueblo saharaui por el daño producido en su entorno natural. Para la aplicación de este tipo penal, es necesario constatar: la vulneración de leyes administrativas protectoras del medio ambiente; alguna de las acciones típicas recogidas, que en este caso concreto son la extracciones y excavaciones en el suelo del Aiún; la gravedad de las consecuencias; y por último, el conocimiento de la antijuridicidad por los sujetos activos que son las mercantiles CEISA S.A. y GALWAY MARINE S.A. Estos han sido ampliamente desarrollados en la querella presentada, enfatizando en el artículo 328 bis del CP de 1995 debido a que es este el que hace referencia a las personas jurídicas.

Para finalizar la querella, se proponen diversos tipos de pruebas documentales, periciales y de investigación con el objetivo de corroborar las conductas de las empresas y el cumplimiento de todos los requisitos expuestos en el tipo penal.

En último término, nos gustaría destacar que el objetivo de la presente querella no sólo es condenar este tipo de acciones, sino también alertar a las autoridades españolas de la desprotección existente en el Sáhara Occidental en aras a que tome medidas para que se respeten sus recursos ya que mientras no se ejercite su derecho a la libre autodeterminación seguirá siendo competencia de España.

Acto presentación querella Sáhara

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