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Universidad de Salamanca
GIR “Historia Cultural y Universidades Alfonso IX”
(CUNALIX)
 
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Universidad de Salamanca. Algunas fechas

Historia de las Universidades. Universidad de Salamanca

1218: hacia este año el rey Alfonso IX de León funda el Estudio General. Sus privilegios serán confirmados y aumentados por reyes posteriores.
1254: real cédula de 8 de mayo, dada en Toledo, por el rey Alfonso X, con normativas de organización y dotaciones financieras. Por ella, quedan establecidas 11 cátedras con disciplinas de Derecho canónico, civil, Medicina, Lógica-Filosofía, Gramática y Música, sufragadas con cierta asignación de tercias reales sobre el diezmo eclesiástico. Además, se confirman los privilegios y exenciones concedidos en el pasado al Estudio salmantino. Es considerada su carta magna constitucional.
1255: bula Dignum arbitramur de 22 de septiembre, en la que Alejandro IV concede validez universal a los grados otorgados por Salamanca (“ius ubique docendi”), excepto en París y Bolonia (restricción abolida en 1333). Concedió también al Estudio salmantino el privilegio de tener sello propio, que implicaba el reconocimiento de la institución por parte de la Santa Sede, en documento expedido en Anagni, el 15 de julio de este mismo año.
1313: bula de 14 de octubre del pontífice Clemente V, en la que concede la tercera parte de las rentas de fábrica de la diócesis salmantina (las tercias decimales) a la Universidad de Salamanca para atender los gastos universitarios. Por otra parte, Benedicto XIII, en la bula de 31 de marzo de 1416, confirma el acrecentamiento de la participación decimal universitaria en 2/3 (2/9 del diezmo) en los cuartos de Armuña, Baños y Peña del Rey, acrecentamiento que provenía de una cesión real anterior (Enrique II, por real cédula del año 1397).
1399: a finales del siglo XIV la Universidad contaba con 500 ó 600 matriculados, en buena medida clérigos.
1415: se inicia la construcción del edificio de las Escuelas Mayores.
1422: el Papa Martín V otorga a la Universidad una bula, fechada en Roma el 20 de febrero de 1422, en la que promulga nuevas constituciones sobre la organización de la institución. El nuevo cuerpo constitucional, elaborado por una comisión universitaria, sustituía a las constituciones dadas en 1411 por Benedicto XIII, las más antiguas que se conservan, y constituirá la base del derecho universitario salmantino. Las constituciones de Martín V, basadas en las de Benedicto XIII, regulan diversos aspectos de la vida universitaria: cargos y órganos académicos (crean el claustro de diputados); grados; conducta, costumbres e indumentaria de los estudiantes.
1474: se inicia la construcción de la primera biblioteca universitaria, que, hacia ese año, contaba con unos 200 volúmenes; en las décadas siguientes la Universidad irá nutriendo sus fondos e incorporando libros de Humanidades. Son abundantes los manuscritos científicos en algunos colegios, como el mayor de San Bartolomé, vinculados a las cátedras de Filosofía natural, Matemáticas y Astronomía. Todo ello manifiesta que Salamanca se incorpora, en el tránsito del siglo XV al XVI, a las nuevas corrientes humanistas, que quedarán reflejadas en el magisterio de Nebrija.
1529: se concluye la fachada “rica” del edificio de Escuelas Mayores. Las obras de este ámbito arquitectónico, a su vez, se habían iniciado en el primer cuarto del siglo XV, con lo que la Universidad disponía, por fin, de un espacio propio para impartir sus enseñanzas, que sustituirá a las dependencias catedralicias y otros locales, alquilados o cedidos para este fin. A principios del Quinientos eran unos 2.500 los alumnos que se matriculaban cada año en el Estudio salmantino.
1550: por los años centrales del siglo XVI, la confluencia del Derecho, la Teología tomista, las nuevas Lógicas y las Lenguas clásicas cristalizan en la llamada “Escuela de Salamanca”, significada en la figura de Francisco de Vitoria. Entre sus aportaciones destacan la reflexión práctica sobre ciertos problemas de proyección europea y americana: naturaleza del poder y de la justicia; derechos de la persona y del Estado; comunidad internacional y derecho de gentes; conflictos internacionales y guerra justa; así como la teorización sobre cuestiones económicas (préstamo, interés, justo precio…) y sobre las tensiones derivadas de la colonización y transculturación americana.
1561: los Estatutos redactados con ocasión de la visita de Diego de Covarrubias y Leiva fueron aprobados el 15 de octubre de 1561. Se trató de una reforma parcial de la organización universitaria, basada en normativas anteriores (estatutos de 1538 y de 1551, tras las visitas de Juan de Córdoba y de Diego Enríquez de Almansa, respectivamente), con introducción de modificaciones y novedades. De éstas pueden destacarse la ampliación de las normas relacionadas con el plan de estudios y la prescripción de las visitas de cátedras. En cuanto a la elaboración de estos estatutos, destaca el hecho de que el Papado haya perdido ya toda iniciativa, siendo sustituido por el Monarca y su Consejo.
1584: en el curso 1584/85 acudían a las aulas universitarias 6.778 alumnos. En la centuria decimosexta los libros de matrícula registran las cifras más altas de concurrencia de estudiantes.
1594: con motivo de la visita del licenciado Juan de Zúñiga se elaboraron nuevos estatutos aprobados por el Rey (real cédula de 29 de octubre, El Pardo), que fueron también base del derecho universitario salmantino. Se continuaba, así, una línea reformadora e intervencionista de y en la institución universitaria por parte de la Monarquía que ya había dado resultados anteriores: estatutos de 1538 y 1561. Lo más significativo de estos estatutos reguladores del Estudio es el diseño de un nuevo plan de estudios, que sustituye casi por completo al de Covarrubias y que consagra ciertos libros, autores y materias con vigencia hasta las reformas ilustradas carolinas: derecho romano o justinianeo, en Leyes; decretales pontificias, en Cánones; teología metafísica de escuelas, en Teología; Galeno e Hipócrates, en Medicina; la filosofía de Aristóteles, en Artes-Filosofía; Euclides y Ptolomeo, en Astrología/Matemáticas; y los clásicos latinos y griegos. A estos estatutos siguieron otros complementarios en 1604, tras la visita de Juan Álvarez de Caldas, y en 1618, tras la de Baltasar Gilimón de la Mota.
1600: hacia este año la Universidad contaba con unas 26 cátedras vitalicias y unas 30 temporales, llamadas cursatorias y regencias, agrupadas en los saberes de Cánones, Leyes, Teología, Medicina, Artes-Filosofía, Humanidades-Lenguas, Matemáticas y Música.
1625: se edita la recopilación general de las normas universitarias vigentes. En esta edición recopilada figuran los estatutos de Covarrubias (1561), Zúñiga (1594), Caldas (1604) y Gilimón de la Mota (1618), excepto los puntos reformados. También fueron impresas en el mismo ejemplar las constituciones de Martín V (1422) y otras bulas apostólicas, reales provisiones y cédulas. La recopilación general se convertirá en una flexible autoridad de referencia jurídica hasta 1771 y las reformas liberales del siglo siguiente.
1641: una real cédula de 11 de diciembre de 1641, dada en Madrid, ordenaba que la provisión de cátedras pasara definitivamente (ya se había ordenado esto mismo en el año 1623) al arbitrio exclusivo del Consejo de Castilla. Se suprimía, por tanto, el sistema de provisión de cátedras por votaciones de estudiantes, que había producido irregularidades, corrupción y conflictividad. Sin embargo, el nuevo sistema de provisión de cátedras generó pronto nuevas irregularidades y privilegios que favorecieron a determinados colectivos, singularmente a los colegiales mayores.
1699: en las postrimerías del Seiscientos, la Universidad contaba con 2.000 matriculados.
1752: real cédula de Fernando VI de 11 de enero (Buen Retiro), completada con órdenes posteriores del mismo año (real cédula librada en Buen Retiro, a 11 de julio) y 1754 (resolución a consulta del Consejo de 5 de marzo de 1754), por la que se suprime la pompa en la colación de los grados de doctor y maestro salmantinos, rebajándose sustancialmente los gastos en estas graduaciones.
1771: el plan de estudios dirigido a la Universidad de Salamanca es aprobado y puesto en vigor por real provisión de 3 de agosto. Las disposiciones en él contenidas contribuyeron a la introducción de nuevos enfoques y materias de estudio: introducción de derecho real o patrio en los cursos de licenciatura de Leyes; de materias conciliares y colecciones canónicas antiguas, en los cursos de la licenciatura de Cánones; de aspectos bíblicos, en la licenciatura de Teología; de la aritmética, geometría, álgebra y física experimental en Artes/Filosofía. Por otra parte, las reformas articuladas en torno al plan pretendieron un mayor control del Consejo Real sobre la autonomía universitaria, reforzando la autoridad rectoral.
1807: el plan de estudios de Caballero fue aprobado para la Universidad de Salamanca por real decreto de 5 de julio y mandado observar en todas las universidades del reino por real decreto de 12 de julio de este año. Pretendía aplicar un modelo uniforme y centralizador, el salmantino, a todas las universidades de la Monarquía (fue el primer plan general para las universidades). Además del control estatal, quedaba reforzada la figura del rector y se concentraban poderes en los claustros de catedráticos. Se interrumpió su aplicación por los sucesos de la Guerra de la Independencia.
1837: en el marco del programa desamortizador de Mendizábal, la ley de este año extinguía los diezmos eclesiásticos, que, no lo olvidemos, constituían la fuente de financiación de las universidades y de la salmantina en particular. En adelante, las universidades se financiarán a partir de los derechos de matrícula y académicos, así como de las cantidades otorgadas por los presupuestos generales del Estado.
1850: a mediados del siglo XIX la Universidad de Salamanca contaba con 200-300 matriculados.
1852: por decreto de 21 de mayo de este año se suprime la facultad de Teología en las universidades, si bien esta disposición no fue aplicada hasta el año 1868, con la revolución.
1857: la ley de instrucción pública de este año, llamada Ley Moyano, encuadró definitivamente a la Universidad salmantina y la enseñanza general del país dentro del nuevo régimen liberal y centralista, después de un largo proceso de casi 50 años de proyectos y reformas (como el Plan Pidal de 1845). Significa también para la Universidad de Salamanca una nueva regionalización, al asignarse a la salmantina un distrito reducido integrado por las provincias de Zamora, Ávila, Cáceres y la propia Salamanca. Las universidades quedaban dependientes del Ministerio de Fomento, a través de una Dirección General y un Real Consejo de Instrucción Pública. El rector pasa a convertirse en una figura política de designación ministerial. Tras la ley Moyano, la Universidad de Salamanca quedó reducida a las facultades de Derecho, Teología y Filosofía y Letras. El papel hegemónico tradicional de la Universidad de Salamanca, como el de las otras “mayores” (Valladolid y Alcalá) pasó a Madrid, distrito central predominante.
1879: se completa el piso superior del edificio de Escuelas Mayores por el arquitecto José Secall.
1904: como contrapartida a la financiación estatal de las hasta entonces facultades libres de Medicina y Ciencias, financiadas desde el año 1869 por la Diputación y el Ayuntamiento, son incautados por el Estado los últimos bienes patrimoniales de la Universidad.
1934: este año en la Universidad de Salamanca 34 catedráticos, ayudados por 40 profesores auxiliares, impartían clase a 2.258 alumnos, entre oficiales y libres.
1940: restauración y establecimiento de la Universidad Pontificia en Salamanca por Pío XII, el 25 de septiembre, con el fin de acoger estudios eclesiásticos de Teología y Derecho canónico. En 1963 sus grados eran reconocidos oficialmente por el Estado. Se trataba de la primer universidad privada en el ámbito contemporáneo de Castilla y León.
1943: se promulga la Ley de Ordenación Universitaria para toda España, en julio, la cual mantendría su vigencia hasta la Ley de Villar Palasí, en 1970. Tras las correspondientes depuraciones, la Universidad quedó vinculada a las ideologías dominantes del nacional-catolicismo tradicionalista, la Falange y los principios del Movimiento. Los poderes se concentraron en el rector, nombrado desde el Ministerio. La rigidez administrativa, el control político y la jerarquía constituían la norma.
1965: en el curso 1965/66 la Universidad de Salamanca tenía algo más de 6.000 alumnos.
1970: en el marco de las aceleradas transformaciones sociales de los años sesenta, la Ley Villar Palasí, en esencia, concedía cierta autonomía a las universidades en materia de docencia e investigación. En lo institucional, reaparecen los claustros universitarios con ciertos poderes, con la facultad de presentar una terna para la elección rectoral por el Ministerio.
1974: desde este año, el distrito universitario de Salamanca queda reducido a las provincias de Ávila, Salamanca y Zamora, ya que Cáceres se integra en la nueva Universidad de Extremadura.
1983: se aprueba y publica la Ley Orgánica de Reforma Universitaria, LRU (Ley Orgánica 11/1983 de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, BOE del 1 de septiembre), la cual pone punto final a los restos del modelo liberal decimonónico y da comienzo a una nueva etapa de amplia autonomía universitaria y transformaciones vertiginosas. En este contexto, son aprobados los estatutos de la Universidad de Salamanca por real decreto de 29 de mayo de 1985 (BOE del 27 de julio).
1986: el 30 de mayo se hace pública la concesión a la Universidad de Salamanca (y a la Universidad de Coimbra) del Premio Príncipe de Asturias de Cooperación Iberoamericana, que venía a reconocer la intensa cooperación de la salmantina con el mundo universitario de Iberoamérica.
1991: en el curso 1991/92 el número de matriculados en la Universidad de Salamanca era de 28.950. Se están produciendo incrementos notables en la población estudiantil: a mediados de los años ochenta del siglo XX se superan los 20.000 alumnos, y vuelven a superarse los 30.000 a mediados de los noventa. Como consecuencia de la mayor afluencia estudiantil se realiza una considerable inversión en nuevos espacios y edificios académicos. El ejemplo manifiesto lo constituye el nuevo “Campus Miguel de Unamuno”, en construcción desde fines de los años ochenta.
1995: en mayo se culminan los acuerdos para la transferencia de competencias sobre las cuatro universidades públicas (Salamanca, Valladolid, León y Burgos) desde el Ministerio de Educación y Ciencia a la Junta de Castilla y León. De este modo, a la Junta le corresponde asumir una diversidad de funciones gestoras. Por otra parte, a comienzos de año, la Junta de Castilla y León acordaba la creación de un único distrito universitario para la 9 provincias; de modo que el alumnado castellano-leonés podrá elegir estudiar en cualquiera de las cuatro instituciones académicas públicas de la región, independientemente del lugar de residencia.
2002. El 25 de septiembre de 2002 tuvo lugar la visita de SS. MM. los Reyes de España con motivo de la concesión del título de “Mecenas de Honor” de la Universidad de Salamanca a la Corona de España en la persona del rey D. Juan Carlos I.
2003. El 30 de enero de 2003 son aprobados los nuevos estatutos de la Universidad de Salamanca por el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León (BOCYL de 3 de febrero de 2003), en aplicación de la Ley Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre de 2001.

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