Es curioso que en poco tiempo todo aquello de lo que podía presumir España esté siendo derruido con una indolencia que asusta. Nuestro país ha podido presumir durante años de ser un Estado comprometido con el respeto y la defensa de los derechos humanos; un Estado que se obligaba a perseguir los denominados crímenes contra la humanidad, con independencia de dónde se hubieren producido, si existía un mínimo ligamen con España. Cierto es que paradójicamente la justicia española ha sido y sigue siendo muy renuente a conocer y dirimir casos más cercanos como los que tuvieron lugar en España a raíz de la guerra civil de 1936, pero ese es otro cantar…
Lo cierto es que en los últimos años España había estado a la vanguardia en la defensa de los derechos humanos. Sin embargo, de un plumazo, la Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativa a la justicia universal ha abolido la justicia universal, so pretexto de poder violentar a Estados amigos, lo que viene a dar idea de en qué alto escalón están nuestros cualificados legisladores, que someten a la camaradería la protección de derechos que deberían estar por encima de las componendas internacionales. Pero no conforme con ello, la disposición transitoria única obliga a los jueces españoles a sobreseer todas las causas abiertas bajo el amparo de la justicia universal hasta que no se acredite el principio de territorialidad, o que el responsable penal sea español, sin tener en cuenta que los procedimientos ya abiertos se abrieron en función de la legalidad vigente en su momento y que no se pueden cambiar las reglas de juego cuando el partido ya está iniciado. No importa. Aquí el Estado de Derecho está en descomposición desde hace ya tiempo, y esta ley no hace si no abundar en esta idea. La regresión de derechos continúa.
La regresión de derechos continúa: la abolición de la justicia universal
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